¿Qué es el seguro escolar?
El seguro escolar es un recurso que se paga al realizar la matrícula que protege a los estudiantes menores de 28 años ante un accidente grave, el infortunio o la enfermedad, entrando dentro de estas categorías la asistencia psicológica.
¿Quién está incluido?
Quedan incluidos estudiantes españoles menores de 28 años, que cursen, en España, los siguientes estudios:
- Bachillerato, 3o y 4o de ESO.
- Formación Profesional, de segundo grado, grado medio, superior y especial.
- Curso de Orientación Universitaria y Bachillerato Unificado Polivalente (estudiantes repetidores).
- Programas de cualificación profesional.
- Estudios Universitarios de grado medio, grado superior y de doctorado.
- De grado superior en conservatorios de música.
- De grado superior en conservatorios de danza.
- Arte dramático.
- Teología en los centros superiores de la Iglesia Católica.
- Segundo curso de educación secundaria de personas adultas.
- Estudiantes universitarios que realicen prácticas en empresas.
- Programas de formación para la transición a la edad adulta.
¿Cómo me beneficio de la terapia psicológica gratuita?
1. Completar el siguiente impreso: modelo de solicitud (se debe marcar la opción de NEUROPSIQUIATRÍA que contempla en un subapartado la posibilidad de recibir terapia psicológica)
2. Junto con el impreso completado se adjuntará la siguiente documentación (fotocopia junto a original):
- Documento Nacional de Identidad o Libro de Familia (extranjeros: pasaporte, carta de identidad o tarjeta de residencia)
- Para los estudiantes no universitarios, certificado del centro de estudios donde se especifique el curso y especialidad y el pago del Seguro Escolar.
- Para los estudiantes universitarios, resguardo del impreso de matrícula en el que conste el curso, las asignaturas y el pago del Seguro Escolar.
- Resguardo de abono de Seguro Escolar del año anterior.
- Informe de Psiquiatría, indicando el diagnóstico (DSM-V O CIE/10), con una descripción breve del estado actual, la terapia psicológica indicada y si ésta última va a ser realizada por un psicólogo o por el propio psiquiatra. Quedarían excluidos los denominados trastornos del desarrollo psicológico y del comportamiento y de las emociones, de comienzo habitual en la infancia y adolescencia.
- Se deberá justificar también, la dificultad del alumno para la continuidad de sus estudios mediante el informe Psicopedagógico correspondiente.
3. Entregar todos los documentos (posibilidad de realizarlos mediante la sede electrónica de la seguridad social) y esperar contestación de la Seguridad Social concediéndonos la prestación.
¿Cuánto tiempo dura la prestación?
– En caso de ser régimen Hospitalario, será de 2 años. Por ejemplo, presentar un trastorno de la conducta alimentaria (T.C.A) que necesita de hospitalización más intervención psicológica.
– En caso de ser régimen Ambulatorio, será de 6 meses, más una prórroga de otros 6 meses: totalidad de 1 año cubriendo hasta 16 sesiones/mes.
Enlaces de interés:
Web de la seguridad social: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/45073
Web para tramitar el seguro escolar: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/OficinaSeguridadSocial/
Preguntas frecuentes sobre el seguro escolar: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/48581/48766
Puede contactar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), llamando al teléfono 901166565